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Por condena al Juez Baltasar Garzón “es un día alegre para el Estado de Derecho”

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Los jueces están para aplicar el derecho, lo que precisamente no hizo el juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón. Por ello, este jueves ha sido condenado a 11 años de inhabilitación por cometer un delito de prevaricación cuando ordenó interceptar las escuchas entre los principales imputados en la trama Gurtel y sus abogados en la prisión de Soto del Real. Así lo recoge libertad digital. Y como ha dicho Esperanza Aguirre, la presidenta de la Comunidad de Madrid, “Es un día alegre para el Estado de Derecho. Efectivamente, Garzón actuó como en un régimen totalitario. Ante la noticia, comunistas, psoe, iu, en fin, los progres, trinan o lloran.

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Tags: Blogalaxia

POR LAS ESCUCHAS DE GÜRTEL
Garzón, condenado por prevaricar

El Supremo ha condenado por unanimidad al juez a 11 años de inhabilitación por las escuchas ilegales en el caso Gürtel. LEA LA SENTENCIA.

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ÁNGELA MARTIALAY 2012-02-09
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado este jueves a 11 años de inhabilitación al juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón por cometer un delito de prevaricación cuando ordenó interceptar las escuchas entre los principales imputados en la trama Gurtel y sus abogados en la prisión de Soto del Real.

La condena, adoptada por unanimidad por los siete magistrados que juzgaron al juez, supone que en los próximos días Garzón será expulsado de la Carrera Judicial y perderá su condición de magistrado. Este trámite lo deberá llevar a cabo el Consejo General del Poder Judicial.

En la sentencia el Supremo dice que la resolución dictada por Garzón cuando ordenó las escuchas “es injusta, pues, en tanto que arbitrariamente restringe sustancialmente el derecho de defensa de los imputados en prisión sin razón alguna que pudiera resultar mínimamente aceptable”. “El acusado causó con su resolución una drástica e injustificada reducción del derecho de defensa”, añade la Sala.

Asimismo, los magistrados del Alto Tribunal señalan que “la justicia obtenida a cualquier precio termina no siendo Justicia”. La resolución, de la que ha sido ponente el magistrado Miguel Colmenero, subraya que “no es posible construir un proceso judicial justo si se elimina totalmente el derecho de defensa, de modo que las posibles restricciones deben estar especialmente justificadas”, en referencia a la interceptación de las conversaciones entre los imputados y sus abogados defensores.

Además, la sentencia incide en que “el Estado de Derecho se vulnera cuando el juez, con el pretexto de aplicación de la ley, actúa solo por su propia subjetividad concretada en una forma particular de entender la cuestión a resolver”. El Supremo explica a través de esta resolución que “la jurisprudencia ha señalado que la prevaricación supone un grave apartamiento del derecho”.

En términos muy duros, la sentencia señala que Garzón colocó “a todo el proceso penal español, teóricamente dotado de las garantías constitucionales y legales propias de un Estado de Derecho contemporáneo, al nivel de los sistemas políticos y procesales característicos de tiempos ya superados, (…) admitiendo prácticas que en los tiempos actuales solo se encuentran en los regímenes totalitarios en los que todo se considera válido para obtener la información que interesa, o se supone que interesa, al Estado”.

Junto a la inhabilitación, Baltasar Garzón ha sido condenado a pagar 2.520 euros de multa en 14 meses. El magistrado ha acudido este jueves a la sede del Alto Tribunal para escuchar el fallo condenatorio.
via libertad digital

Relacionados

Garzón actuó como en un régimen totalitario
Del fallo del Supremo sobre el caso Garzón (3):

En el caso, el acusado causó con su resolución una drástica e injustificada reducción del derecho de defensa y demás derechos afectados anejos al mismo, o con otras palabras, como se dijo ya por el instructor, una laminación de esos derechos, situando la concreta actuación jurisdiccional que protagonizó, y si se admitiera siquiera como discutible, colocando a todo el proceso penal español, teóricamente dotado de las garantías constitucionales y legales propias de un Estado de Derecho contemporáneo, al nivel de sistemas políticos y procesales característicos de tiempos ya superados desde la consagración y aceptación generalizada del proceso penal liberal moderno, admitiendo prácticas que en los tiempos actuales solo se encuentran en los regímenes totalitarios en los que todo se considera válido para obtener la información que interesa, o se supone que interesa, al Estado, prescindiendo de las mínimas garantías efectivas para los ciudadanos y convirtiendo de esta forma las previsiones constitucionales y legales sobre el particular en meras proclamaciones vacías de contenido.
via Noatodo

¿Por qué se juzga a Garzón?
Por tres causas:

1.- Se lo acusa de prevaricación (dictar una resolución injusta a sabiendas) durante la instrucción de la causa por las desapariciones del franquismo. Porque había iniciado y prolongado diligencias atribuyendo a fallecidos delitos que 1) habían prescrito, 2) estaban amnistiados y 3) no eran competencia de la Audiencia Nacional.

2.- Prevaricación y cohecho. Como magistrado de la Audiencia Nacional solicitó personalmente y recibió dinero de varias empresas (BSCH, BBVA, Cepsa, Endesa y Telefónica) para financiar actividades que desarrolló durante su estancia en la Universidad de Nueva York. De vuelta a la Audiencia Nacional, recibió una querella contra el presidente del BSCH (Emilio Botín) y otros directivos de dicha entidad que le habían hecho una aportación de algo más de 300.000 dólares y, en lugar de abstenerse, no admitió a trámite dicha querella. Caso similar con el BBVA.

3.- Prevaricación e interceptación ilegal de comunicaciones. Por autorizar escuchas de las conversaciones que mantuvieron en prisión dos imputados en el caso Gürtel con sus abogados defensores. Esto es, por conculcar el derecho de un imputado a tener una defensa.

Y si quieren un resumen más extenso, por aquí.
via Noatodo

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